Todos los seguros que debes conocer para tu empresa

¿Te atreverías a conducir un coche sin seguro? En tu trabajo pasa lo mismo. La seguridad es lo más importante. 

Según datos de Singular Cover, el 60% de los emprendedores y startups no está bien asegurado.  Rafael González, su CEO, explica que es un trámite sencillo y advierte que no estar bien asegurado puede llevar a la ruina a un emprendedor.

A lo largo de este post hablaremos de las ventajas de contratar seguros para PYMES, emprendedores y autónomos adentrando en las diferencias entre los distintos seguros, su obligatoriedad o si ofrecen alguna ventaja fiscal, y así conozcas las claves para proteger tu negocio al 100%.

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

¿Sabías que si accidentalmente causas un daño a un tercero mientras trabajas estás obligado por ley a reparar el daño causado? Es lo que se conoce técnicamente como Responsabilidad Civil (RC). En concreto, la RC se define legalmente como la obligatoriedad que toda persona física o jurídica tiene a la hora de reparar el daño que ha causado a otra

De hecho, si eres Autónomo y no tienes seguro de RC, tendrás que responder con tu propio patrimonio frente a indemnizaciones tan altas que pueden implicar consecuencias graves (quedarte sin casa, sin coche etc.) por un simple descuido.

Entonces, ¿es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil para Autónomos y Pymes?

Sí, lo es, pero solo en determinados casos. En el caso de profesiones sanitarias, industriales y sociales, suele ser muy frecuente que este seguro sea obligatorio.

 

Es el caso de las siguientes profesiones y actividades:

  • Administradores concursales
  • Profesionales del sector financiero
  • Médicos, enfermeros, fisioterapeutas y cualquier otro profesional del ámbito sanitario privado
  • Abogados especializados en cualquier rama del derecho
  • Corredores de seguros
  • Empresas, entidades y asociaciones dedicadas a la celebración de espectáculos artísticos y actividades de ocio para niños o adultos
  • Gestores de instalaciones deportivas como, por ejemplo, gimnasios, pistas de fútbol o piscinas de natación
  • Agencias de viajes
  • Empresas dedicadas al transporte escolar y colectivo
  • Cualquier Autónomo o Pyme dedicados a la hostelería o a la restauración

Sin embargo, lo que resulta obligatorio y conveniente no es lo mismo. El hecho de que la Administración no te obligue a tener un Seguro de Responsabilidad Civil profesional no significa que no te resulte especialmente conveniente contar con uno. Nosotros recomendamos su contratación dado que al fin y al cabo, puede proteger tu patrimonio y cubrirte ante posibles indemnizaciones a terceros por incidentes relacionados con tu actividad profesional. 

Si no tienes local y los riesgos que necesitas proteger son solo los relativos a tu profesión, un seguro de Responsabilidad Civil es el tipo de póliza que necesitas.

SEGURO DE COMERCIO O MULTIRRIESGO

¿Sabías qué uno de cada dos autónomos, pymes y comercios sufren un siniestro a lo largo del año? Estos siniestros implican importantes sumas de dinero que pueden llegar a comprometer la viabilidad del negocio. 

El seguro de comercio o multirriesgo es aquel que te protege tanto a ti como a tu establecimiento comercial de posibles daños accidentales. Pongamos por caso un incendio que quema las instalaciones de tu establecimiento, fuertes lluvias que provocan una inundación o un vándalo que rompe los cristales de tu oficina.

Es por esto que en caso de tener un local, es interesante que valores la opción de contratar un seguro de Comercio o Multirriesgo, ya que este te protege tanto a ti como a tu local de todos los riesgos que podrías correr y viene la Responsabilidad Civil incluida.

¿Son deducibles estos tipos de seguros? 

Ya hemos visto que los seguros de responsabilidad civil profesionales son obligatorios en muchos casos. Sin embargo, los multirriesgo, no siempre. A pesar de ello, la inmensa mayoría de Autónomos los contratan ya que, de no hacerlo, pueden verse abocados a cerrar su negocio si ocurre una desgracia en forma de incendio o inundación, por ejemplo.

Además, la legislación relacionada con los Autónomos y las Pymes establece claramente que tienen derecho a deducirse cualquier cantidad que paguen por un producto que esté relacionado con su actividad profesional. Y, evidentemente, los seguros de comercio lo son ya que protegen su patrimonio. Pero es que además, en el caso de los seguros, su cuantía se puede deducir de forma íntegra.

Por tanto, al no estar los seguros sujetos al IVA (artículo 20 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido), las deducciones por seguros de local multirriesgo y de responsabilidad civil son del 100%. Solo tienes que presentar la factura de seguro a la hora de gestionar tus declaraciones trimestrales y resúmenes anuales.

Por último, el precio de un seguro de comercio o multirriesgo varía en función de si has elegido correctamente las coberturas que necesitas para conseguir la protección más adecuada del continente, el contenido y la RC frente a terceros. Rellena nuestro formulario para que uno de nuestros agentes especializados te asesore a medida.

SEGURO DE BAJA LABORAL

Un seguro de baja laboral o seguro ILT (incapacidad laboral temporal) para Autónomos es un subsidio que se calcula por cada día que no puedas acudir a trabajar (fines de semana incluidos). 

Son seguros de accidentes y enfermedades puesto que cubren tanto la baja médica del autónomo que tenga una enfermedad como un accidente ya sea de tipo común (gripe, lesión muscular, caída, tropiezo…) o por accidente laboral y enfermedad derivada de su actividad profesional.

Frente a la descobertura pública que sufre el 85% de los autónomos que trabajan en España y cotizan por la base mínima a la Seguridad Social, los seguros de baja laboral ofrecen un complemento necesario para quienes no pueden acudir a trabajar cuando caen enfermos o sufren un accidente.  Y están especialmente diseñados para que no te preocupes por tu economía mientras estés de baja médica y, a diferencia de otras pólizas, el seguro de baja laboral para autónomos tiene cobertura mundial. 

Pero, ¿cuánto cobra un autónomo al darse de baja por accidente laboral o enfermedad?

Depende de tu base de cotización. Si pagas la cuota mínima, la Seguridad Social solo te abonará 271,04€ de prestación por baja laboral durante los 30 primeros días de tu enfermedad o accidente.

Un seguro de baja laboral puede llegar a multiplicar por 4 la prestación pública de un autónomo que cotiza por la base mínima y todo por una inversión media de 30€/mes (360 euros al año).

El de ILT es el único seguro que le garantiza al Autónomo su nivel de ingresos real cuando no puede ir a trabajar. 

Y ¿podría desgravarme el seguro ILT?

. Al igual que ocurre con el Seguro de Multirriesgo, al tratarse de un gasto derivado de tu actividad profesional, puedes deducirte tu seguro de baja laboral para Autónomos en la declaración anual de IRPF hasta un máximo de 500€ por persona al año. Esto significa que, si has contratado una póliza media de 360€/año podrá deducirse íntegramente (siempre y cuando no tributes en el País Vasco, puesto que las diputaciones forales de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa cuentan con su propia fiscalidad).

Cantidad a la que habría que añadir todo lo que puedas llegar a percibir de subsidio diario en caso de que tengas que coger una baja y hacer uso del seguro. ¿Te hemos convencido ahora?

Como especialistas en autónomos sabemos que cada día sin trabajar es un problema. Por eso hemos buscado esta colaboración con Singular Cover: para poder ofrecerte un producto diseñado a tu medida y que actúa como complemento de la prestación pública o mutual para que no pierdas ingresos mientras te recuperas de tu baja médica.

Fuente de la información: SingularCover. SingularCover es la primera Insurtech en España que ofrece seguros sin permanencia y una modalidad de pago mensual sin comisiones. Consultanos y te resolveremos las dudas que te hayan podido surgir al leer sobre los productos indicados en este artículo.

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