Registro de marca o patente, ¿qué me conviene más?

 

No es inusual tener dudas a la hora de proteger nuestros activos intangibles. ¿Qué vía elegir, la del Registro de Marca o la de la Patente? Precisamente esta misma duda la tuvo el fundador de los famosos ladrillos “LEGO” Ole Kirk Christiansen, el cual al no tener bien definida la estrategia de protección de su “invento” se ha visto finalmente con docenas y docenas de copias del juego de construcción danés. 

Antes de explicar qué es lo que le pasó a Lego, vamos a definir ciertos conceptos. Es cierto que las marcas y las patentes pertenecen a la misma familia de la “Propiedad Intelectual” y comparten similitudes, pero también tienen sus diferencias.

Los derechos de propiedad intelectual podemos separarlos en dos secciones: Los derechos de autor o “copyright” y la propiedad industrial. En esta última es donde englobamos las invenciones, los signos distintivos y los diseños.

Las invenciones abarcan las patentes y los modelos de utilidad (estas últimas también conocidas como “pequeñas patentes” ya que son invenciones con menor valor creativo y menor actividad). Los signos distintivos por su parte comprenden las marcas y nombres comerciales, y por otra parte tenemos los diseños industriales, el hermano pequeño de la familia de la propiedad industrial, los cuales no van a ser objeto del presente artículo.

Para delimitar las diferencias que existen entre una marca y una patente y saber cuál nos conviene más empezaremos definiendo ambos conceptos. A posteriori nos centraremos en sus diferencias. 

¿Qué es una marca?

La definición de marca la podemos encontrar en el artículo 4 de la Ley 17/2001 de Marcas. Marca es todo aquel signo distintivo capaz de diferenciar en el mercado productos y servicios de una empresa de los de la otra. Estos signos pueden ser palabras, dibujos, letras, cifras, colores, logos, sonidos, forma de un producto, etc. 

Además, las marcas pueden protegerse en tres ámbitos, nacional, europeo e internacional, siendo conveniente hacer un análisis de la empresa y sus perspectivas para ver qué tipo de registro le conviene más. 

Una vez registrada la marca, el titular de la misma obtiene el derecho exclusivo de uso y el derecho a impedir que terceros utilicen esa marca. Ahora bien, si un tercero quiere utilizar la marca en cuestión necesitará una licencia de uso por parte de su titular a cambio normalmente de una retribución.

¿Qué es una patente? 

Las patentes son inventos que conceden a su titular derechos exclusivos. La misma debe tener cierta novedad, una actividad inventiva alta y cumplir funciones técnicas e industriales.  El derecho de patente confiere exclusividad en su uso y comercialización frente a terceros los cuales no pueden ni imitar, ni falsificar ni fabricar el producto en cuestión sin una licencia exclusiva por parte del titular. 

Diferencia entre marca y patente

Definidos ambos conceptos vamos a analizar las diferencias

La principal diferencia y la más clara es el objeto a proteger de cada una. Mientras que la patente protege productos que se inventan nuevos, las marcas protegen productos o servicios ya existentes

Sin embargo, la diferencia más importante entre ambas radica en el tiempo de goce de los derechos que ofrecen dichas figuras. La patente está limitada en el tiempo mientras que la marca se puede renovar ilimitadamente cada 10 años

¿Esto qué quiere decir? La patente se concede por el tiempo limitado de 20 años. Pasado ese plazo en el que hay un titular exclusivo sobre la misma, cualquier persona puede hacer uso de dicha patente. Pueden fabricar y comercializar sin pagar una remuneración a cambio. En pocas palabras, se liberaliza en el mercado y es susceptible de uso por cualquier persona. 

La situación que vivimos ahora con la pandemia es un claro ejemplo. Como sabéis, las empresas farmacéuticas titulares de la patente de la vacuna contra el virus tienen el derecho exclusivo de uso y comercialización durante 20 años. Hasta que no transcurra este plazo ninguna empresa puede utilizar ni producir la vacuna sin una licencia de uso. 

En este sentido con las marcas no pasa lo mismo, una marca puede durar para siempre y por tanto los derechos perduran en el tiempo, a no ser que el titular decida no seguir renovando la marca. Esto implica una clara ventaja en el mercado, ya que en ningún momento nadie va a poder usar tu marca libremente sin permiso ni retribución a cambio. 

¿Entonces, qué me conviene más? 

En resumen, depende mucho del activo que queramos proteger. Hay algunos en los que es clara su función técnica e industrial y por tanto nunca podría ser registrado como marca, ya que como se ha dicho, la Ley de Marcas excluye esta posibilidad. Ahora bien, hay casos donde es dudosa la clasificación. Es aquí donde es importante definir bien nuestra estrategia y ver bien si es posible antes de registrar como patente, registrar como marca. 

Un producto que fue dudoso de calificar fue el caso de los ladrillos LEGO. En ese entonces se definió que los LEGO cumplían una función técnica y que eran novedosos. Al cumplir estos requisitos propios de la patente decidieron registrarlo como tal.  

Es cierto que a priori decir que tienes una patente suena “más atractivo”. También es cierto que dado su alto grado de creatividad y tecnicismo mueve más economía que una marca ya que la inversión es mucho mayor. Sin embargo, hay casos donde si quieres perdurar en el tiempo y es dudosa la clasificación, tener una marca puede ser más beneficioso ya que te aseguras tener el monopolio de la misma indefinidamente.

La figura del ladrillo de lego podría haber encajado perfectamente como marca de forma ya que cumple la finalidad de la marca que es diferenciar en el mercado productos y servicios de una empresa de las de otra empresa. No obstante, al registrarlo al principio como patente alegando la función técnica de los ladrillos, era complicado alegar que cumplían una función diferente. De haber elegido la vía de la marca desde un principio alegando distintividad podría haber tenido el monopolio de los ladrillos de colores. En ese caso no existiría nadie más con facultades de comercializar el producto sin autorización de “LEGO”.

En resumen, cuando sea dudosa la clasificación del producto es mejor intentar registrarlo como marca ya que te aseguras un monopolio y la perduración en el tiempo, ya que si optas por la patente a los 20 años ese derecho se va a extinguir.

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