Requisitos para crear una empresa

Una buena idea y un producto revolucionario no bastan para crear una empresa. Si quieres que tu negocio esté en regla, debes cumplir con una serie de requisitos y trámites. ¡Te lo contamos!

Cuánto cuesta crear una empresa

Para crear una empresa en España, primero debes escoger su forma jurídica y, una vez que la tengas, habrás de asumir una serie de gastos u otros.

Acudir al notario, al banco y al Registro Mercantil conlleva el abono de una serie de tasas y gastos,que pueden rondar entre los 300 y los 900 euros. Además, es necesario que ingreses en la cuenta bancaria de la sociedad un capital mínimo para que el proyecto sea viable.

Si, además de en las tasas, estás pensando en qué tipo de trámites para crear una empresa tienes que superar para comenzar a facturar cuanto antes, toma nota.

Pasos para la creación de tu empresa:

1. Elige la forma jurídica

Aquí todo dependerá de la naturaleza de la actividad, el número de socios, el alcance del proyecto o la responsabilidad legal que estés dispuesto a asumir. Esta elección conllevará una inversión inicial para la constitución de la empresa y una serie de obligaciones fiscales y de contabilidad.

2. Certificación negativa 

Uno de los requisitos para crear una empresa es obtener la certificación negativa del nombre escogido para tu negocio. Este documento acredita que no hay otra sociedad que opere con el mismo nombre, lo que evita duplicidades y problemas legales.

3. Redactar los estatutos sociales

Los estatutos rigen el funcionamiento de una organización, aunque son susceptibles de modificación. En ellos debe constar la información básica de la empresa y todo lo relacionado con el capital social inicial, participaciones y circunstancias de traspasos.

En ellos también se recoge la forma de administración y si el responsable percibirá una retribución. Asimismo, se incluirá cómo votar las decisiones y realizar la distribución de beneficios y pérdidas, se establecerá el fondo de reserva y las causas y cauces para disolverla.

4. Abrir una cuenta bancaria

La forma jurídica escogida te dirá si es necesario abrir o no una cuenta bancaria y cuál es el capital mínimo que hay que depositar en ella. En el caso de las sociedades cooperativas, el mínimo depende de la legislación autonómica y sector de actividad, pero suele oscilar entre los 1500 y los 3000 euros.

5. Solicitar el NIF y darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

Para obtenerlo, hay que rellenar el modelo 036 de la Agencia Tributaria. Es un código alfanumérico que debes utilizar en todos los documentos de tu negocio (liquidación de impuestos, facturas de actividad, etc.).

Sin él no puedes iniciar la actividad. Del mismo modo, debes de darte de alta en el IAE indicando tu actividad empresarial.

6. Firmar escritura pública

Para constituir una sociedad, es necesario firmar ante notario una escritura pública de constitución. Para ello, habrá que aportar los estatutos, certificación negativa, certificación bancaria del depósito de capital social y documentos de identificación de los socios.

Si los socios son un matrimonio con separación de bienes, tendrán que presentar las capitulaciones matrimoniales. En caso de estar casados en gananciales, el cónyuge también tendrá que acudir a la firma.

7. Inscripción en el Registro Mercantil

Dispondrás de dos meses tras la firma de la escritura de constitución para realizar este trámite. Tendrás que presentar los documentos que acrediten la constitución de la sociedad, la escritura pública y el NIF.

8. Obtener el certificado electrónico

Este certificado ahorra mucho tiempo y facilita los trámites relacionados con la Administración.

Junto a todo lo anterior, también es posible que necesites solicitar una licencia municipal de apertura o realizar un registro en la Oficina de Patentes y Marcas.

Formas jurídicas para crear una empresa

Puedes escoger entre varias formas jurídicas para crear una empresa. Cada una de ellas se adapta mejor a un tipo de proyecto u otro. A continuación, te mostramos cuáles son las principales.

Empresario individual

A los empresarios individuales se les conoce de forma común como autónomos. Un autónomo es una persona física que realiza de forma directa, personal, habitual y por cuenta propia una actividad profesional a título lucrativo. Además, puede tener o no trabajadores a su cargo.

No es necesario un capital mínimo para iniciar la actividad y la responsabilidad sobre lo que suceda con ella es ilimitada. Esto quiere decir que, si el negocio no va bien, se responde de las deudas con el propio patrimonio.

Sociedad Civil (SC)

Se establece entre dos o más personas que ponen en común un capital con el objetivo de repartir entre ellos las ganancias obtenidas.

Para constituir una SC no es necesario un mínimo de capital, asimismo, lo puedes aportar en trabajo, bienes, servicios o dinero. Además, como en el caso anterior, la responsabilidad es ilimitada, se responde con el patrimonio personal de las obligaciones de la empresa.

Sociedad Limitada (SL) o Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)

La SL es una de las formas jurídicas más populares y conocidas y puede constituirse con uno o más socios. Se necesita un capital social inicial mínimo de 3000 euros.

En el caso de la SRL, los socios responden de las deudas de la sociedad hasta el capital aportado. Se recomienda para pymes en las que los socios están implicados en el proyecto.

Sociedad Anónima (SA)

El capital social se divide en acciones, que se pueden transmitir con libertad, y se puede constituir por uno o más socios. Su responsabilidad se limita al capital aportado. No obstante, la suma de este debe ascender, como mínimo, a 60.000 euros.

Los órganos sociales son los administradores y la junta general de accionistas. Es la fórmula apropiada para grandes empresas.

En definitiva, desde nuestra gestoria online podemos asesorarte sobre los requisitos y formas para crear una empresa. Contacta con nosotros y también nos encargaremos de toda la burocracia, para que tú solo tengas que enfocarte en comenzar con tu negocio.

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