Venta de empresas por jubilación

Como es bien sabido por todos, en el panorama empresarial español la figura empresarial predominante es la PYME y además gran parte de ellas no solo tienen una reducida dimensión sino que portan el apellido de unipersonal. Y cuando el empresario, tras años explotando ese negocio, decide jubilarse y dedicarse a otra cosa, ¿qué ocurre?

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Posibles alternativas

Muchos de ellos no tienen descendencia que se haga cargo de la administración o simplemente no quieren dedicarse a lo mismo. Esto les deja con dos opciones. Pueden liquidar la empresa y extinguir así su actividad, pero si se trata de una empresa ya madura, con una estructura definida, una red de clientes fieles y que en mayor o menor medida genera unos beneficios estables, es una opción poco racional terminar con su actividad.

Por ello, la otra alternativa bastante más sensata es la de vender dicho negocio, el cual pueda seguir explotando otra persona. Pero llegados a esta decisión, ¿qué aspectos debemos tener en cuenta?

 

¿Qué tiene que hacer el vendedor?

Desde la postura del vendedor, tal vez lo único que nos interesa es dejar de trabajar y por tanto desprendernos de todo lo que nos ocupa lo más rápido posible. Por ello, podríamos vender la empresa al primer interesado en ella, pero eso generalmente suele suponer sacarle una nula o muy pequeña rentabilidad a tal negocio. Es aconsejable planear dicha acción con antelación, elegir el momento adecuado y negociar un precio idóneo por el que transmitir nuestra empresa en la que tanto esfuerzo hemos invertido.

Una vez finalizada la negociación con la parte compradora y llegado a un acuerdo satisfactorio para ambos, es hora de formalizarlo en un contrato de compraventa. El mismo no requiere una forma concreta, pero es aconsejable que  se realice en escritura pública y se incluya también el inventario de bienes a transmitir. Esto facilitará mucho la cuestión de la prueba en futuras controversias. En el contrato se deberán identificar las partes y reflejar el precio acordado por las mismas. Este generalmente incluye el valor del patrimonio empresarial más una estimación del valor que tiene el hecho de ser una empresa que puede generar beneficios. Por último, las obligaciones de las partes que básicamente consisten en que el vendedor transmita la propiedad de la empresa y todos sus bienes, mientras que el comprador se obliga a pagar el precio acordado a cambio.

También es importante tener en cuenta la tributación fiscal de esta operación, pues si el vendedor es una persona física, deberá declarar esas ganancias patrimoniales en su declaración del IRPF, mientras que si se trata de una persona jurídica, la tributación de la misma se realizará en el Impuesto de Sociedades.

 

¿Qué debe hacer el comprador?

Por último, desde la postura del comprador, hay que destacar que la compra de una empresa que ya está en funcionamiento tiene algunas ventajas muy interesantes como son el hecho de que es más fácil obtener financiación, ya tiene una estructura sólida y los clientes y proveedores confían en la misma, supone un ahorro de costes al no necesitar estudios previos de mercado o la constitución de la misma, y gracias a sus balances anteriores podrás saber el volumen de negocio o cuál es la cantidad estimada de beneficios.

La tramitación de impuestos y modelos fiscales es un tema un tanto complicado, que requiere tiempo y conocimiento previo. Si no dispones de ambos, recurrir a un asesor fiscal especializado puede ser la solución más adecuada. Así te dejarás de preocuparte por posibles efectos legales derivados de un pequeño descuido.


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Redactor: Mihail Mihailov

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