¿Puedo presentar las cuentas anuales abreviadas?

Presentar las cuentas anuales según establece el Plan General de Contabilidad puede ser algo muy engorroso para una empresa de reducidas dimensiones. Pero no os preocupéis, ya que para estos casos existe una regulación específica más laxa. ¿Os pica la curiosidad? A continuación la explicaremos en detalle para aclarar las posibles dudas y os resulte mucho más fácil.

¿Puedo presentar las cuentas anuales abreviadas? - Finutive

Antes de nada, decir que el Plan general de Contabilidad se aprueba por el RD 1514/2007, de 16 de noviembre. En él se establece el modo “normal” de presentar las cuentas anuales y que deben seguir todas las sociedades. Pero a ello pone la excepción de aquellas que puedan acogerse a las cuentas anuales abreviadas o en cambio, al Plan General Contable de pymes.

 

Las cuentas anuales están formadas por los siguientes estados contables:

– Balance de situación

– Cuenta de pérdidas y ganancias

– Estado de cambios en el patrimonio neto

– Estado de flujos de efectivo

– Memoria

 

Cuentas anuales abreviadas

Como podemos imaginar, la principal característica de estas es que gozan de una mayor simplicidad y por tanto nos resultará más fácil presentarlas. De las cuentas ya citadas, las que pueden presentarse de forma abreviada son:

– Balance de situación

– Estado de Cambios en el patrimonio neto

– Memoria

Para que se pueda dar este caso, la empresa en cuestión ha de cumplir durante dos ejercicios consecutivos al menos dos de los siguientes requisitos:

  1. Que el total de las partidas del activo no supere los 4 millones de €.
  2. Que el importe neto de la cifra anual de negocios no supere los 8 millones de €.
  3. Que el número medio de trabajadores durante el ejercicio no sea superior a 50.

 

Por otro lado, en cuanto a la cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, también deberá cumplir al menos dos de los siguientes requisitos durante dos ejercicios consecutivos.

  1. Que el total de las partidas del activo no supere los 11.400.000€.
  2. Que el importe neto de la cifra anual de negocios no supere los 22.850.000€.
  3. Que el número medio de trabajadores durante el ejercicio no sea superior a 250.

Por último, si cumple con estos requisitos, la empresa en cuestión está exenta de presentar el estado de flujos de efectivo ya que no existe una versión abreviada del mismo.

 

Cuentas anuales para PYMEs

Aparte de lo dicho hasta ahora, el RD 1515/2007 recoge el Plan General de Contabilidad para PYMEs. Estas, mientras cumplan los requisitos pueden presentar las cuentas anuales para PYMEs. Los requisitos para ello, que deberán cumplir durante dos ejercicios consecutivos, son los siguientes:

  1. Que el total de las partidas del activo no supere 1 millón de €.
  2. Que el importe neto de la cifra anual de negocios no supere los 2 millones de €.
  3. Que el número medio de trabajadores durante el ejercicio no sea superior a 10.

 

Añadir a ello que las empresas que cumplan los requisitos para presentar las cuentas anuales para PYMEs, pueden también presentar las cuentas anuales abreviadas según el PGC. Pero nuestra recomendación es que usen su plan específico, siempre y cuando no tengan previsto un crecimiento muy elevado. Crecimiento que no les permita mantener las circunstancias durante dos ejercicios consecutivos.

 

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