Los diferentes tipos de IVA en España

En España tenemos una gran cantidad de impuestos que pagar. Pero uno de los más conocidos por todos y que pagamos a diario es el IVA. El IVA o Impuesto sobre el Valor Añadido no tiene un tipo impositivo único sino que se divide en escalas. Estas escalas o tramos son los diferentes tipos de IVA en España, que detallaremos a continuación.

Los diferentes tipos de IVA en España - Finutive

El IVA es un impuesto indirecto, lo que quiere decir que no tiene en cuenta las rentas del sujeto sino la simple operación adquisitiva. Para adelantar te mencionamos que el mismo varía entre el 4% y el 21% en España. Por ello es el impuesto que grava el consumo en su término más amplio. Esto quiere decir que no solo se limita a la compra de bienes sino también a la contratación de servicios.  

 

Tipo de IVA General

En primer lugar tenemos el tipo general que es el que aplica un porcentaje del 21%, tras la reforma en el año 2012, y que grava la mayoría de bienes y servicios. Algunos ejemplos de los mismos los podemos encontrar en los productos más básicos que usamos a diario. Estos pueden ser la compra de vehículos nuevos, el vestuario que usamos o los productos electrónicos como nuestros smartphones. Además de productos cosméticos, de telefonía o internet.

 

Tipo de IVA Reducido

En segundo lugar tenemos el tipo reducido que solamente aplica un 10% adicional al precio del producto o servicio. La razón por la que se aplica un tipo impositivo menor es sencilla. Aunque siguen siendo productos que usamos a diario, los de este apartado son considerados de una mayor necesidad. Y de hecho así es, pues en esta categoría encontramos los productos alimenticios y el agua. Además de servicios como el transporte de viajeros, la hostelería o los museos y exposiciones. También son gravadas con este porcentaje las compras de inmuebles nuevos y los arrendamientos con opción de compra. Al igual que las recogidas de residuos o de productos farmacéuticos como las gafas o lentillas.

 

Tipo del IVA Superreducido

En último lugar encontramos un tipo superreducido del IVA que consiste en un porcentaje del 4% sobre el valor del bien o servicio. Al igual que pasa con el tipo reducido, la razón de ser de este tramo es la misma. Ya que estamos ante una serie de bienes de primera necesidad. Y como tales, requieren una carga impositiva menor con el objetivo de facilitar su adquisición a las personas con menores rentas. Esta prioridad se aplica a los alimentos básicos como pueden ser el pan, la leche, los huevos, la fruta o la verdura. Además de los medicamentos para uso humano, las prótesis o los implantes. Sin olvidarnos de productos de información y cultura como pueden ser los libros, las revistas o los periódicos.

 

Exentos del IVA

A modo de excepción, podemos encontrar una serie de casos en los que estos productos o servicios están exentos de la imposición tributaria del IVA. La razón la encontramos en que suelen ser beneficiosos para el interés de la sociedad y se busca su fomento. Como ejemplo de ello podemos mencionar la enseñanza ya sea pública o privada, al igual que las clases particulares. También algunos de los servicios postales de Correos o las actividades socioculturales ejercidas por asociaciones sin ánimo de lucro.

 

Aunque tras esta explicación no deberías tener problemas al respecto, sabemos que no es un tema fácil. Si no tienes claro qué es lo que más te conviene y los pasos que tienes que dar, contar con una  asesoría laboral puede ser la solución ideal. Desde Finutive damos este completo servicio de asesoría a un precio inmejorable, disponiendo de la mejor herramienta para tus finanzas, flujo de caja y bancos.


Desde Finutive tenemos la clara intención de facilitar la comprensión y la gestión de las finanzas para los negocios, no solo con el proyecto de diccionario de Finanzas sino con un Curso de Finanzas para Empresarios y Emprendedores completamente gratuito.

Inscríbete aquí al mejor contenido gratis sobre Administración Financiera y aprende a tu ritmo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *