¿Impuestos?
Es bastante probable que ya sepáis mucho sobre este tema. De todas formas, no deja de ser uno de los elementos que siempre afecta la caja de negocio, así que no está mal que les demos un repasito. Aquí te traemos una lista detallada de los diferentes impuestos con los que te puedes encontrar y cómo afrontarlos.
IVA
Empecemos por el más básico, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Recae sobre el consumidor final, y se va sumando durante las diferentes etapas del proceso de producción. Tenemos tres tipos principales de IVA:
- General: servicios o productos que tributan al 21%.
- Reducido: Para bienes imprescindibles que tributan al 10%
- Súper reducido: tributan al 4%, ya que son aún más imprescindibles que lo bienes con IVA reducido.
¿Cuándo toca pagarlo? El IVA se paga mediante liquidaciones al final de cada trimestre: del 1 al 20 de Abril (al finalizar el primer trimestre), Julio, Octubre y Enero. Debemos distinguir entre el IVA a pagar y a devolver. Esto dependerá de si el IVA soportado es mayor o menor que el repercutido.
Si tenemos IVA a pagar, el IVA soportado es menor que el repercutido. ¡Bien hecho!
Esto significa que has emitido facturas por valor superior a las facturas que te han emitido y probablemente estés en beneficio fiscal.
Hasta este punto, todo suena fenomenal, pero, ¿puedes hacer frente a la liquidación de IVA o Modelo 303? ¿Tienes caja suficiente para pagarlo en los siguientes 20 días al fin del trimestre?
Pues bien, os recomendamos que en caso de no tener suficientes fondos para hacerle frente, mantengáis la calma. Pasa con bastante frecuencia y podemos encontrar diferentes métodos para solucionar esta situación si nos percatamos con el tiempo suficiente:
- Si alguna de las facturas que has emitido a tus clientes no te las han pagado puedes solicitar que no cuenten para la liquidación de IVA y que el IVA repercutido solo sea sobre las facturas cobradas. Para esto lo mejor es que hables con tu gestor
- Si tus clientes no te han pagado algunas de las facturas emitidas, intenta que consigan pagarte lo antes posible o infórmate de cómo financiarlas.
- Atrasa el plazo a proveedores si es posible.
- Busca formas de financiación mediante bancos o fintech.
Por otro lado, se puede dar el caso de que tengas problemas con el IVA a devolver. Aquí tu IVA soportado es mayor que tu IVA repercutido. Esto sucede cuando emitimos facturas por menor importe del que nos facturan. Para esta situación, también tenemos algunas recomendaciones:
- Compensa el IVA a devolver con el IVA a pagar del siguiente trimestre.
- Si es el último trimestre del año, puedes pedir que hacienda te devuelva el dinero que te debe. Ojo aquí porque pedir la devolución del IVa se hace a finales de enero, pero Hacienda pueda tardar unos meses en devolvértelo, de nuevo puedes financiar con tu banco o alguna fintech el IVA que te debe Hacienda
Otro concepto importante a tener en cuenta si hablamos de IVA es el Suministro Inmediato de Información (SII). Este nuevo sistema de gestión del IVA se basa en el suministro electrónico de los registros de facturación. Échale un vistazo para asegurarte de que estás al día.
¿Quieres llevar un mayor control sobre el IVA de cada trimestre y anticipar su impacto en la caja de negocio?
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IRPF
Del IVA pasamos al IRPF. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se paga por todos los residentes de España que obtienen algún tipo de renta. Asimismo, aumenta cuanto mayor sea la cantidad recibida.
Como empresa, tendréis que calcular el IRPF de los empleados y los proveedores.
El IRPF de los empleados se calcula de manera compleja mediante tablas del IRPF fijadas por Hacienda cada año. Si tienes contratada asesoría laboral, deja que las calculen por ti. Te ahorrarás mucho tiempo. Si quieres hacerlo tú mismo puntualmente, Hacienda proporciona un programa de cálculo de retenciones en su página web.
El IRPF se descontará de la nómina de los trabajadores y se ingresará trimestralmente a Hacienda bajo su nombre.
Por otro lado, puedes recibir una factura sujeta a retención por uno de tus proveedores. En este caso, pasas a ser recaudador de impuestos y deberás informar a la Agencia Tributaria. Deberás informar del dinero que has ido recaudando en las facturas recibidas, e ingresarlo trimestralmente o directamente pasarlo a domiciliación para que te lo carguen.
El período de liquidación también es trimestral y coincide con el IVA.
Impuesto de Sociedades
El impuesto sobre sociedades es personal y directo. Grava la renta de las sociedades al igual que otras entidades jurídicas a las que se aplica, dentro del territorio español. Su cálculo puede resultar bastante difícil de llevar a cabo.
Hay diferentes tipos impositivos del impuesto de sociedades en 2017:
- Tipo general: 25%.
- Tipo reducido del 15% para emprendedores.
- Tipo reducido del 20% para cooperativas.
En caso de ser considerada una entidad especial, podemos encontrar:
- Tipo reducido del 10% para asociaciones y fundaciones.
- Tipo reducido del 25% para otras entidades (mutuas de seguros generales, e previsión social y accidentes de trabajo, etc.).
- Tipo reducido del 1% para sociedades de inversión.
Si queréis ampliar información aquí tenéis este artículo sobre impuesto de sociedades.
La base imponible del impuesto de sociedades se calcula mediante el resultado contable. Esto se obtiene calculando los ingresos menos los gastos de la empresa. A parte, se añadirán una serie de correcciones o ajustes extracontables, ya que hay algunas diferencias entre el criterio fiscal y el contable.
Tanto los ingresos como los gastos tienen que ser de carácter fiscal. Cuando tengamos la base imponible, le aplicamos el tipo impositivo y obtendremos la cantidad íntegra a pagar.
Este impuesto es pagado solamente por las empresas con personalidad jurídica. Las empresas con personalidades físicas o autónomos se libran de él. Técnicamente, se paga el 20 de Julio de cada año, sobre el resultado del ejercicio anterior. De todos modos, el pago se suele fraccionar en tres meses, el día 20 de Abril, Octubre y Diciembre.
Seguridad social
Por último unas pinceladas sobre la seguridad social para el empleado y la empresa. Todo aquel que trabaje en nuestra empresa debe estar cubierto por la seguridad social. Esto implica un coste por cada trabajador para la empresa.
El salario mensual bruto prorrateado de cada trabajador, la base de cotización mensual, sirve como punto de partida de cálculo para obtener cuánto hemos de pagar por cada uno de nuestros trabajadores.
Para averiguar cómo calcular el coste de cada trabajador, podemos estimar que se paga entre el 28 y el 38% de su base de cotización. Esto implica un tercio de la base de cotización. La cantidad exacta depende del puesto desempeñado por cada trabajador. Si al salario bruto del trabajador le sumamos la cantidad pagada por seguridad social, obtenemos el coste de un empleado.
Aquí solo estamos hablando de la cotización de un empleado a cargo de la empresa. Daos cuenta que del salario bruto también se sustrae la cotización a la seguridad social a cargo de un empleado, que retiene la propia empresa para pagarlo conjuntamente con la cotización a cargo de la empresa.
La seguridad social se paga mensualmente, 12 veces al año. Por tanto, las pagas extras deben estar prorrateadas.
Esto es todo lo que os traemos por hoy.
Como hemos podido ver, el tema de los impuestos no es el más ameno de tratar, pero tampoco nada por lo que agobiarse. Hay que conocer bien lo que tenemos que pagar y saber cómo afectará a nuestra caja de negocio.
¿Alguna otra duda? No dudes en preguntarnos, ¡estaremos encantados de contestarte! 😉
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Vamos, ¡la parte chula de las finanzas!