¿Qué es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)?

El impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP) es un impuesto indirecto que grava las transmisiones patrimoniales onerosas, el impuesto sobre operaciones societarias e impuesto sobre actos jurídicos documentados.

ITP - Finutive

Se podrían considerar estos tres elementos mencionados anteriormente como las diferentes ramas del impuesto. Echemos un vistazo más detenido a cada uno de estos hechos imponibles:

 

Transmisión Patrimonial Onerosa (TPO)

En primer lugar tenemos la transmisión de bienes “inter vivos” u onerosa, donde también podemos incluir la cesión de derechos de uno de los mismos. Algunos de los ejemplos más comunes son la compra o venta de un terreno/casa, un coche, etc., así como el alquiler de diferentes bienes entre particulares. Se aplica a todos los bienes y derechos situados en territorio español. En caso de transmisión en el extranjero, el impuesto se aplicará si el sujeto pasivo es residente español.

Impuesto sobre Operaciones Societarias (OS)

Este impuesto grava operaciones de constitución de sociedades y financiación de la empresa. A su vez, incluye las reducciones o ampliaciones de capital, la fusión con otras empresas, etc.

Actos Jurídicos Documentados (AJD)

Por último, el ITP grava actos jurídicos documentados, normalmente en el ámbito mercantil y notarial. Esta rama del impuesto hace referencia a la formalización de las transmisiones. Se aplicará a todos los  actos jurídicos que tengan lugar en el territorio español o que tengan efectos económicos en nuestro país, aunque se hayan efectuado en el extranjero.

 

Dadas las diferentes ramas dentro de este impuesto, nos vamos a centrar en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITP), establecida en 1993 y que grava todas las transmisiones de patrimonio entre personas. Esta rama del impuesto se centra solamente en la transmisión de patrimonio entre personas vivas, y no tiene en cuenta situaciones como herencias, etc.

 

Incompatibilidad IVA-TPO

Todas aquellas operaciones realizadas por empresarios dentro del ejercicio de su actividad económica que conlleven la venta de bienes o servicios sujetos al IVA no estarán sujetas al TPO.

 

Sujeto Pasivo

Dentro de este impuesto, el sujeto pasivo será la persona que adquiera el bien o servicio. En caso de la existencia de un arrendamiento, el arrendatario será el sujeto pasivo. Lo mismo ocurre con una concesión administrativa, donde será el concesionario el que esté obligado a pagar el impuesto.

 

Base imponible

Para calcularla debemos tener en cuenta el valor del bien o servicio transmitido. Sobre él vamos a calcular la cuantificación del hecho imponible. La cuantía del impuesto dependerá de la Comunidad Autónoma donde se haga la transmisión y varía dependiendo de la misma. Echa un vistazo a la Dirección general de Tributos de las Consejerías de Hacienda de cada comunidad para obtener información específica.

 

La tramitación de impuestos es un tema un tanto complicado, que requiere tiempo y conocimiento previo. Si no dispones de ambos, recurrir a un asesor fiscal especializado puede ser la solución más adecuada. Así te dejarás de preocuparte por posibles efectos legales derivados de un pequeño descuido.


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