Los trabajadores autónomos tienen la obligación de cotizar a la Seguridad Social desde el primer día del mes en el que vayan a empezar a trabajar por cuenta propia. Deben encargarse del ingreso de sus cuotas y hacerlo de una manera determinada.
Antes de meternos en materia, va a ser mejor que le demos un repaso a lo básico y empecemos por el principio. Siempre viene bien aclarar conceptos.
Aunque suene evidente para muchos, puede que no tengas claro qué implica la obligación de cotizar. El verbo cotizar hace referencia al pago de una cuota que te es impuesta por pertenecer a alguna asociación o sistema. En este caso hablamos de cuotas a la Seguridad Social, por lo que significa que es una cantidad de dinero que debes aportar por entrar en el sistema. La entrada en dicho sistema es obligatoria para todos aquellos que realicen una actividad laboral.
Las bases y tipos de cotización
Hay tres elementos que debemos tener en mente cuando hablamos de cotizar a la S.S: las bases de cotización, el tipo y la cuota.
- Las bases de cotización establecen la remuneración en bruto de los trabajadores y sirven de referencia a la hora de de calcular la cantidad que se debe abonar a la S.S. Las cifras varían de manera anual.
- El tipo de cotización también se establece de manera anual, y hace referencia a el porcentaje que le aplicamos a la base de cotización para averiguar la cantidad a pagar.
- La cuota es la cantidad que debemos abonar en el régimen de la S.S.
¿Has oído hablar de la nueva ley de autónomos?
Si hablamos de trabajadores por cuenta propia, es de gran relevancia mencionar la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo aprobada en Octubre del año pasado por el Senado. Esta nueva ley ha hecho posibles ciertas reformas que impactan a los autónomos de forma directa. ¡Echemos un vistazo!
Hasta ahora, debías pagar de manera mensual, independientemente del número de días que estabas de alta cada mes. Una de las reformas que introdujo la nueva ley de autónomos de Octubre de 2017 es el pago por días de alta. A partir de 2018, solo cotizas los días reales de alta.
En consecuencia, también se ha establecido en la nueva ley de autónomos que habrá un límite de altas y bajas. Para poder beneficiarse de la nueva ley de autónomos no podrás exceder las 3 altas y bajas al año. Por último, como trabajador por cuenta propia, ahora tienes derecho a cambiar de base de cotización un máximo de cuatro veces al año.
¿Cual es el proceso de pago?
Para facilitar el proceso del pago a la Seguridad Social lo puedes domiciliar. Esto puede ser tanto de manera presencial en tu entidad financiera o telemáticamente por la Oficina Virtual de la Seguridad Social.
Ya hemos hablado de las bases de cotización en artículos anteriores, pero cabe reiterar que van a variar dependiendo de la actividad que desarrolles. Este año tenemos una base mínima de 932,70€ y una máxima de 3.803,70€.
Trabajar por cuenta propia y empezar una empresa no es fácil, por lo que si estás dando tus primeros pasos, contar con la ayuda de un asesor puede serte de gran ayuda. Deja que te ayudemos a establecer tu negocio y llevarlo a lo más alto de la mano de profesionales.
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