El contrato indefinido para emprendedores es un tipo de contrato acompañado de ciertas bonificaciones y deducciones fiscales que intenta fomentar la contratación estable por parte de los emprendedores y PYMES.
Hemos empezado la semana con contratos bonificados, y continuamos con este tipo de contrato, el cual es clave para los autónomos.
¿Cuales son las principales características?
Entre las características más distinguidas encontramos algunas como:
- Este tipo de contrato se podrá utilizar siempre que la tasa de desempleo sea inferior al 15%.
- Solo puede ser utilizado por empresas con menos de 50 trabajadores en el momento de la contratación.
- Es un contrato de carácter indefinido
- Se puede aplicar a trabajos tanto a jornada completa como a tiempo parcial.
- El contrato tiene un año de prueba. Es decir, el trabajador podrá permanecer un año a modo de prueba bajo este tipo de contrato siempre que no haya trabajado anteriormente para la empresa realizando las mismas funciones.
¿Qué obligaciones tengo como empresa?
A parte de los beneficios, también debemos tener en cuenta ciertas obligaciones. En primer lugar, el trabajador contratado debe mantener su empleo por un mínimo de 3 años desde que es contratado. En segundo lugar, el nivel de empleo establecido con el contrato debe mantenerse al menos durante un año desde.
Si estas condiciones no se cumplen, se reintegrarán a la Seguridad Social los incentivos que se nos habían deducido de la cuota.
¿Cuáles son los beneficios fiscales?
Este tipo de incentivos fiscales vienen acompañados de ciertos beneficios fiscales:
- Se reducirán 3000€ de la cuota del período impositivo tras finalizar el año de prueba del primer trabajador que haya sido contratado con menos de 30 años.
- Si se contrata a una persona en situación de desempleo que sea beneficiaria de la prestación contributiva se deducirá un 50% de la cuota.
Todos estos beneficios se aplicarán hasta que la empresa cuente con un total de 50 trabajadores.
Bonificaciones
Las bonificaciones en este tipo de contrato se establecen durante 3 años. Acompañan la contratación de jóvenes desempleados y mayores de 45 años. Los jóvenes deben ser de entre 16 y 30 años de edad. Las bonificaciones serán de 83,33€ mensuales el primer año, 91,97 el segundo y 100€ mensuales el tercer año.
Para los que contraten a mayores de 45 años, la bonificación será de 108,33€ al mes.
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