Dentro de las sociedades mercantiles podemos encontrar diversas subcategorías. Hasta el momento, en el Diccionario Finutive hemos echado un vistazo a las sociedades laborales y comanditarias. ¿Te sabe a poco?
Para continuar desarrollando el tema de sociedades mercantiles, hoy repasamos las características y requisitos de una sociedad colectiva.
¿Por qué se caracteriza una sociedad colectiva?
La mayor diferencia entre este tipo de sociedades y el resto de las que hemos visto hasta ahora es que esta es de carácter personalista. En este tipo de sociedad, los socios se encargan no solo de aportar capital, si no de dirigir la empresa.
¿Qué implica esto?
Si los socios van a encargarse de llevar las riendas de la empresa, tenemos que tener en cuenta que sus aptitudes, experiencia y capacidades son muy importantes. A la hora de aportar capital y obtener una responsabilidad limitada a dicha aportación, la identidad del socio no es tan importante. Por otro lado, si el socio va a tener un papel clave en la organización, su historia y experiencia cobran mucho valor.
Los socios de este tipo de sociedad tienen una responsabilidad ilimitada y responden de manera personal y solidaria a las deudas sociales que puedan surgir.
Características de este tipo de sociedad
Empecemos por lo básico y vayamos escalando. Tiffany & Co, Pipa & Co. ¿Te suenan? ¿Tienes claro a qué hace referencia ese &Co.? La denominación de la empresa debe incluir al menos el nombre o apellido de uno de los socios, seguido por un “y compañía” o “y cía ( & Co. en inglés) para hacer referencia al resto de socios. Se necesita un mínimo de dos socios para su constitución, pero no existe un capital mínimo legal a aportar entre los socios.
A diferencia de otras sociedades mercantiles, en la colectiva, el título de socio no es de libre transmisión. Como hemos visto, la personalidad de cada uno de los socios es crucial para la empresa, ya que estos no solo aportan capital. Dado que se encargan de gestionar la empresa y trabajan para ella, la transmisión del título de socio está muy restringida.
Ventajas e inconvenientes
Ahora que hemos echado un vistazo a las diferentes características de este tipo de sociedad, podemos establecer cuales son sus ventajas e inconvenientes más notables.
En primer lugar, el hecho de no necesitar un mínimo de capital para la formación de la sociedad es una gran ventaja. El mínimo de socios para crear la sociedad es dos, por lo que en general, su creación es relativamente sencilla.
Por otro lado, la responsabilidad ilimitada y la falta de libre transmisión de acciones y títulos de socio puede ser considerado un inconveniente. Esto implica que el riesgo es mucho mayor para los socios.
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