El Impuesto de Sociedades (IS) es un impuesto personal y directo. Grava la obtención de renta de sociedades y entidades jurídicas dentro de territorio español.
Este es uno de los impuestos más importantes que nos encontramos. Destaca sobre todo en sociedades limitadas y sociedades anónimas.
¿Cuales son los tipos impositivos de este impuesto?
Existen tres tipos impositivos dentro del impuesto de sociedades. Este varía en función a el tipo de actividad económica que desempeñes.
- Tipo general: Este es del 25%, y es el que se suele aplicar.
- El tipo reducido del 15%: Este es un tipo impositivo para emprendedores que se puede aplicar durante dos años a sociedades recién establecidas.
- Tipo reducido del 20%: Este tipo impositivo se aplica a cooperativas, excepto cooperativas de crédito o cajas rurales.
Por otro lado, existen también una serie de entidades especiales a las que se aplica un tipo impositivo aún más reducido.
- Tipo reducido de 10%: Aplicable a asociaciones y fundaciones de utilidad pública.
- Tipo reducido del 1%: Aplicable a sociedades de inversión de capital variable.
¿Cómo lo entrego?
A la hora de tramitar este impuesto debemos entregar una serie de declaraciones a Hacienda. Estas declaraciones se reflejan en modelos que deberán ser entregados telemáticamente. Los necesarios para tramitar el impuesto de sociedades son:
- Modelo 200: Este modelo es el de la liquidación del impuesto de sociedades. Es decir, la declaración anual del impuesto. Se utiliza para declarar las ganancias que ha generado la empresa en el periodo impositivo.
- Modelo 202: Mediante este modelo las sociedades realizan pagos a cuenta a Hacienda de lo que figurará en la declaración de la renta. Por verlo desde otro lado, son pagos fraccionados del IS y están condicionados a beneficios en la última declaración del modelo 200. Toda empresa que obtiene beneficios está obligada a rellenar este modelo.
- Modelo 220: Este impuesto se utiliza para la declaración del IS en el régimen de tributación de los grupos de sociedades.
El período impositivo
Normalmente el periodo impositivo cuadra con el año natural, excepto en determinados casos, donde tendrá una duración diferente. Esto ocurre si:
- La sociedad se extingue.
- La sociedad se mueve al extranjero. Al no estar dentro del territorio español, este impuesto ya no se le aplica.
- Si la sociedad cambia su forma jurídica. Si esta nueva forma jurídica figura sobre otro tipo de gravamen y no el IS, esta dejará de pagarlo.
¿Cuál es la base imponible?
La base imponible se obtiene al restar los gastos de los ingresos. Es decir, al obtener el resultado contable o beneficios. Este resultado contable se puede derivar del Plan General de Contabilidad (PGC) que ha sido aprobado por el Real Decreto 1514/2007.
La tramitación de impuestos es un tema un tanto complicado, que requiere tiempo y conocimiento previo. Si no dispones de ambos, recurrir a un asesor fiscal especializado puede ser la solución más adecuada. Así te dejarás de preocuparte por posibles efectos legales derivados de un pequeño descuido.
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