El IRPF en el caso de los autónomos grava las rentas empresariales o rendimientos. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un impuesto sobre las rentas económicas y las ganancias individuales y se aplica a todas las personas físicas.
En función del tipo de rentas obtenidas (dividendos, alquileres, trabajo, actividades económicas…) funciona de un modo u otro. Las relacionadas con las actividades económicas son las que tienen que declarar los autónomos.
En primer lugar, debes saber que los autónomos pueden tributar el IRPF de 3 formas distintas. Y cada una de ellas tiene sus requisitos y forma de adelantar los pagos a Hacienda con los diferentes modelos y retenciones en las facturas. En cualquier caso, lo que debes tener claro sobre el IRPF de los autónomos es lo siguiente:
- Se paga en función del rendimiento del autónomo a lo largo de un año. Para ello, se declaran los ingresos, gastos e inversiones realizadas y se aplican los porcentajes que correspondan para calcular la cuantía a pagar en concepto de IRPF.
- Se adelanta a Hacienda cada trimestre el dinero y, al año siguiente, se mira y se comprueba si has adelantado lo correcto o no. Esto te supone enfrentarte a dos posibles situaciones:
- Que hayas pagado más de lo que te corresponde y entonces te devuelvan dinero.
- Que hayas pagado menos de lo que te correspondería y, en ese caso, tengas que pagar el resto.
Cómo funciona el IRPF de los autónomos
Según la actividad que desempeñe el autónomo, puedes estar en diferentes regímenes. No obstante, la mayoría se enmarcan en la estimación directa simplificada.
- Estimación directa simplificada. Autónomos con actividades económicas con una facturación inferior a 600 000 euros anuales en el ejercicio anterior, salvo que se renuncie a ella.
- Estimación directa normal. Autónomos con actividades económicas que superen una facturación de 600 000 euros anuales en el ejercicio fiscal previo.
- Estimación objetiva IRPF (módulos). Autónomos que cumplen una serie de requisitos concretos. Actividades específicas con ciertos límites de ingresos. Esta modalidad simplifica mucho la gestión contable y fiscal, pero para acogerte a ella tu actividad debe estar incluida en la Orden que regula los módulos (hostelería, comercio minorista, peluquerías, talleres, materiales de construcción…).
Retenciones IRPF autónomos
Muchos autónomos no están obligados a practicar retenciones en sus facturas. Especialmente, aquellos que están dados de alta en actividades empresariales incluidas en la sección primera del IAE ( Impuesto de Actividades Económicas).
En cambio, por regla general, los profesionales autónomos sí deben incluir una retención de IRPF en sus facturas. Estos profesionales autónomos son los dados de alta en las secciones segunda y tercera del IAE, que corresponden a las actividades profesionales y artísticas.
Con carácter general, en las facturas de 2022 la retención a aplicar es del 15 %. No obstante, si te has dado de alta recientemente, este año y los dos siguientes te puedes acoger a la retención reducida del 7 %. Esto es así si en el año anterior no has realizado actividades profesionales.
Pasado el período en el que tienes derecho a retención reducida, esta pasará a ser de un 15 %.
Situaciones especiales en las retenciones del IRPF de autónomos
No debes perder de vista las siguientes situaciones:
- Las facturas a clientes particulares no llevan retención. Se incluye en facturas a otros autónomos, sociedades y personas jurídicas con sede fiscal en España.
- A una empresa extranjera no se le aplica retención.
- Si más del 70 % de tus facturas llevan retenciones, estás exento de presentar la declaración trimestral del IRPF (modelo 130).
- Las cantidades correspondientes a las retenciones las tienen que ingresar tus clientes a Hacienda. Por eso, al finalizar cada año conviene solicitar los certificados de retenciones a los clientes y comprobar que lo declarado y lo ingresado es correcto y coincide.
Por otro lado, y junto a los profesionales autónomos, deben practicar retenciones en sus facturas los autónomos que se dedican a las siguientes actividades:
- Actividades ganaderas de engorde de porcino y avicultura (1 %).
- Actividades agrícolas y restantes actividades ganaderas (2 %).
- Actividades forestales (2 %).
- Algunas actividades en estimación objetiva.
Más preguntas frecuentes
¿En qué consiste el modelo 130?
Es una declaración de ingresos y gastos con la que se paga un anticipo del 20 % del rendimiento (ingresos – gastos) a cuenta del IRPF.
¿Para qué sirve el modelo 131?
Si eres autónomo y tributas en el IRPF por módulos, estás obligado a presentarlo. Como consecuencia y en función de unos coeficientes, tendrás que pagar de forma trimestral una cantidad fija.
¿Qué gastos son deducibles en el IRPF del autónomo?
- – Gastos vinculados a la actividad económica.
- – Gastos justificados de manera conveniente con sus correspondientes facturas y donde se reflejen tus datos fiscales.
- – Gastos reflejados a nivel contable por el autónomo en los libros de gastos e inversiones.
¿Qué gastos no son deducibles en el IRPF del autónomo?
Conforme a la Ley del impuesto de sociedades y que es de aplicación al IRPF de los autónomos, se toma en consideración lo siguiente:
- Multas y sanciones teniendo en cuenta los posibles recargos por presentar fuera de plazo las declaraciones a Hacienda.
- Liberalidades y donativos.
- Pérdidas del juego.
- Gastos incurridos con personas o entidades que residen en paraísos fiscales.
- IVA soportado que te hayas deducido en la declaración trimestral del IVA.
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