Cotizar siendo autónomo desde el primer día que se inicia una actividad económica es una de las obligaciones y responsabilidades que se contraen. La cuota que se abona a la Seguridad Social es mensual y se paga a final de mes. Para ello, se realiza un cargo en la cuenta bancaria que se indique a la Administración.
No obstante, hay ciertas excepciones en las que no estás obligado a pagar la cuota de autónomos. Una de ellas es la situación de incapacidad temporal. En este caso, el autónomo deja de abonar la cuota a partir del día 61 de baja.
Del mismo modo, las madres y padres que disfrutan de su correspondiente baja por maternidad o paternidad tampoco pagan. A ellos se les bonifica el 100 % de la cuota sin necesidad de contratación.
¿Cómo cotiza un autónomo?
En 2023 se ha establecido un nuevo sistema de cotización basado en los ingresos reales. Esto te va a permitir solicitar hasta en 6 ocasiones anuales un cambio en la base de cotización.
La base de cotización como autónomo se calcula en función de los rendimientos netos obtenidos en el año natural en el ejercicio de las actividades. Dichos rendimientos se calculan según lo previsto en las directrices del IRPF. Aun así, se tienen en cuenta las particularidades del colectivo al que pertenece el trabajador por cuenta propia.
Además, al importe resultante se le deduce un 7 % en concepto de gastos generales. Si se trata de un autónomo societario, dicho importe es de un 3 %.
Por tanto, has de tomar en consideración el promedio mensual de rendimientos netos anuales para seleccionar tu base de cotización. Esto es algo que puedes hacer desde el portal de la Seguridad Social para servicios y trámites digitales: Importass.
Cambio de la base de cotización de un autónomo
Los autónomos que sufran variaciones de sus rendimientos netos a lo largo de 2023 pueden modificar su base de cotización. En consecuencia, tendrán una cuota adaptada a su situación real.
¿Cuándo se puede cambiar la base de cotización? Esta modificación se puede hacer efectiva en las siguientes fechas:
- 1 de marzo de 2023. Para ello, la solicitud debe realizarse entre el primero de enero y el último día natural del mes de febrero.
- 1 de mayo de 2023. En esta ocasión, la solicitud se formulará entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
- 1 de julio de 2023. Será efectiva este día si se realiza el trámite pertinente entre el primero de mayo y el 30 de junio.
- 1 de septiembre de 2023. La solicitud deberá formularse entre el 1 de julio y el último día natural de agosto.
- 1 de noviembre de 2023. El cambio de la base de cotización será efectivo si se solicita entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
- 1 de enero de 2024. Es posible comenzar el próximo 2024 con una base de cotización diferente si se formula la petición entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2023.
A la base escogida se le debe aplicar la correspondiente cuota a la Seguridad Social. Dicha cuota es el 31,20 % de la base de cotización, que se reparte de la siguiente manera:
- Contingencias comunes: 28,30 %.
- Contingencias profesionales: 1,3 %.
- Cese de actividad: 0,9 %.
- Formación profesional: 0,1 %.
- Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): 0,6 %.
Cuota de autónomos colaboradores y societarios
Otras novedades del nuevo sistema de cotización se dirigen a los autónomos colaboradores y a los autónomos societarios. ¿Cómo les afectan?
Cotización de autónomos colaboradores
Los autónomos colaboradores no pueden cotizar por una base mínima que sea inferior al SMI. El Salario Mínimo Interprofesional está fijado en 1000 euros y se prevé que alcance durante este año los 1223 euros en 12 pagas.
Los familiares colaboradores no han de declarar los ingresos, de ahí que se establezca una cuota mínima para ellos.
Cotización de autónomos societarios
Por su parte, los autónomos societarios también están obligados a cotizar por sus ingresos reales. Y la peculiaridad de estos es que su base mínima de cotización se ha fijado en 1000 euros mensuales.
Es por ello que la cuota mínima que abonarán en los próximos 3 años es de 310 euros. Esto supone un importante ahorro anual (de 814, 44 euros), pues hasta ahora pagaban 377,87 euros al mes.
No obstante, si los ingresos son mayores, la cuota que tendrán que abonar puede superar la de los años anteriores.
Cómo cotiza un nuevo autónomo
Quienes decidan darse de alta como autónomos por primera vez en 2023 podrán disfrutar de una Tarifa Plana de 80 euros. Esta cuota reducida se puede disfrutar entre 12 y 24 meses, aunque es posible ampliarla hasta los 36 meses. Todo dependerá de la comunidad autónoma en la que residas y de tu rendimiento neto durante el primer año.
Si sigues teniendo dudas sobre cómo cotizar siendo autónomo, puedes contactar con nosotros. En nuestra gestoria online pondremos a tu disposición a un asesor especializado que te guiará y asesorará en todo lo que necesites en tu actividad profesional o económica.