Pagar la cuota de autónomo es un gran dolor de cabeza para los trabajadores por cuenta propia. ¿Puedo optar a la tarifa plana? ¿Cuándo me subirán el porcentaje? Son cuestiones habituales que suelen echar para atrás a más de un emprendedor. Y aquí llega la pregunta más frecuente entre ellos: ¿se puede facturar sin ser autónomo? ¡Vamos a verlo!
Facturar sin ser autónomo: ¿se puede?
La habitualidad es uno de los requisitos para tener la obligación de darte de alta en el Régimen de Autónomo. Esto es algo que se señala tanto en el Estatuto del Trabajo Autónomo como en la normativa que regula el RETA.
Sin embargo, como no se concreta el alcance del requisito de habitualidad de manera jurídica, se ha llegado hasta los tribunales en diferentes ocasiones. Así, se establecen un par de condiciones para poder facturar sin ser autónomo:
- Que la actividad económica no sea habitual.
- Que la cuantía de ingresos no sea superior a los 965 euros brutos mensuales del SMI, es decir, unos 13 500 € anuales.
Riesgos y consecuencias de facturar sin ser autónomo
La Inspección de Trabajo y la Administración suelen dejar «manga ancha» al cumplir estas condiciones. No obstante, sigue existiendo un riesgo de sanción. Debes saber que la Administración no diferencia si te dedicas a dar clases particulares los fines de semana, das una charla puntual al mes o dedicas 40 horas semanales o más a tu negocio.
En las dos primeras opciones los ingresos serán reducidos, y la periodicidad de la segunda es relativa, pero las 3 actividades se dan de forma continua. Como consecuencia, aunque tus ingresos sean bajos, siempre es recomendable hacer lo correcto. Y, en esta ocasión, eso supone darte de alta en la Seguridad Social.
Es muy importante ser conscientes y conocer cuáles son los riesgos de emitir facturas sin estar dado de alta como autónomo.
Lo más normal es que tengas que abonar todas las cuotas mensuales que no has abonado con un recargo adicional del 20%. Seguidamente, la Seguridad Social podría iniciar un procedimiento sancionador para multarte. Además, no podrás acogerte a la tarifa plana ya que pierdes el derecho a la bonificación para nuevos autónomos.
Pero ¿es legal emitir facturas sin ser autónomo? Lo cierto es que es posible si realizas un servicio esporádico que desarrolles por tu propia cuenta. Tan solo necesitarás estar dado de alta en Hacienda y, para ello, debes presentar los modelos 036 o 037.
Cómo facturar sin ser autónomo
Lo primero que hay que hacer para facturar sin ser autónomo es darse de alta en Hacienda para realizar actividades económicas. Este proceso no tiene coste, solo necesitas rellenar los modelos 036 y 037. Seguidamente, ya podrás emitir facturas y tendrás que cumplir con las obligaciones fiscales como cualquier autónomo. Es decir, tendrás que presentar los trimestres, resúmenes anuales y liquidar tanto el IVA (modelo 303) como el IRPF (modelo 130).
Al darte de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, Hacienda puede controlar tus ingresos y saber lo que ganas. Por tanto, tendrás las mismas obligaciones que un autónomo y, de no cumplir con ellas, te tendrías que enfrentar a unas multas considerables.
Para darte de baja, tan solo tendrás que volver a rellenar los modelos 036 o 037.
Cuánto se puede facturar sin ser autónomo
Lo que puedes facturar sin ser autónomo, pero estando dado de alta en el censo de empresarios de Hacienda, es una cantidad inferior al SMI. En 2022, el Salario Mínimo Interprofesional es de 965 euros brutos al mes en 14 pagas. Por tanto, puedes emitir facturas de esta manera siempre que ingresos menos de esa cantidad.
Por otro lado, la discrepancia estará en qué considera la Seguridad Social una actividad habitual. De forma teórica, para ellos, una persona que realice una actividad que no se considere un modo de vida, sino un complemento, no se debe dar de alta.
Sin embargo, si todos los meses emites una factura por la misma cantidad, esto se considera una actividad recurrente y habitual. Y esto significa problemas. Además, si haces esto mientras estás cobrando el paro, de manera automática perderás la prestación.
Por otro lado, no debes cruzar nunca los siguientes límites:
- Si realizas una operación de 3000 euros, tendrás que presentar el modelo 347 y el cliente también tendrá que declararlo.
- Debes incluir siempre el IVA correspondiente en función del servicio o producto gravado. Luego tendrás que ingresar a la Agencia Tributaria ese cobro en concepto de IVA.
- Si consigues un aumento de ingresos con el que decidas darte de alta, ten en cuenta que este proceso no es automático. Lo primero que tendrías que hacer es darte de baja de Hacienda, luego darte de alta en la Seguridad Social y luego de nuevo en Hacienda.
Cuándo NO se puede facturar sin ser autónomo
Un autónomo es una persona física que realiza una actividad económica o profesional a título lucrativo por cuenta propia de manera habitual. Y siempre que se den estas condiciones para facturar, es obligatorio darse de alta en la Seguridad Social.
Por tanto, si cumples los requisitos para ser autónomo, debes serlo. ¿Qué puedes hacer en este caso? ¿Puedes darte de alta en Hacienda y retrasar la Seguridad Social? ¿Puedes facturar sin pagar la cuota de autónomos? Rotundamente NO, no es posible.
Ambos organismos van de la mano, por ello, el alta se realiza de manera simultánea en uno y en otro. Si se detectan anomalías, se procede a realizar un recargo en el que la base de actuación es el fraude.
En definitiva, es mejor no jugársela con la Agencia Tributaria. Si aún tienes dudas y no estás seguro de no exceder los límites, date de alta como autónomo en nuestra gestoria online. En Finutive, te damos de alta GRATIS si te quedas con nosotros. Además, te asesoramos de forma personalizada según tus necesidades.