Las personas jurídicas también deben tributar para Hacienda. Estas declaraciones se presentarán periódicamente mediante una serie de modelos a la administración pública.
No sólo deberemos declarar los impuestos que recaen sobre el resultado de nuestra actividad (sociedades), sino también aquellos retenidos de la nómina de nuestros trabajadores (IRPF y seguridad social) o que recae sobre el consumidor final (IVA).
Realizar estas declaraciones no son materia sencilla ni consumen poco tiempo, además es de gran responsabilidad ya que un error en la declaración puede conllevar a problemas con la administración. Por ello, te recomendamos que solicites ayuda a un asesor fiscal.
Pero, ¿Cuáles son los impuestos que nuestra empresa deberá declarar a Hacienda?
Impuesto de Sociedades
Grava la renta de sociedades mercantiles, como sociedades anónimas o de responsabilidad limitada y fondos de inversión o capital de riesgo. Es de carácter directo y periódico, aplicable sobre el resultado contable.
Lo primero es recoger nuestros estados contables según el Código de Comercio. Esto complica la materia de dicha contabilidad por lo que recomendamos recurrir a un profesional contable. Una vez hayamos recogido nuestro beneficio antes de impuestos debemos aplicar dicho tipo impositivo dependiendo de la condición en la que nos encontremos.
Además, deberemos presentarlo siguiendo los requisitos y mediante los modelos 200, 202 0 220.
Impuestos sobre actividades económicas
Este impuesto está gestionado por el ayuntamiento. Estamos obligados a pagarlos por el mero ejercicio de una actividad económica o profesional. Se encuentran excluidas de pagar este impuesto actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras y forestales. El importe a pagar es independiente del resultado contable y se presentará mediante los modelos 840 ó 848.
Retenciones del IRPF
El IRPF es el impuesto sobre personas físicas aplicable a las nóminas de trabajadores. Cada mes produciremos retenciones sobre la nómina de nuestros trabajadores que más tarde nos pedirá Hacienda.
Estas retenciones mensuales se intentan aproximar a lo que deberán pagar en la declaración de la renta del trabajador. Debemos ingresarlas trimestralmente en hacienda al nombre del trabajador. Más tarde, cuando el trabajador haga su declaración de la renta estas retenciones se comparan con la cantidad final a pagar y si hay un margen `saldrá a pagar’ o ‘saldrá a devolver’.
Por tanto, el sueldo neto del empleado es aquel obtenido después de realizar las sustracciones del IRPF y de la Seguridad Social a cargo del empleado.
Impuesto sobre Valor Añadido
Este tributo indirecto sobre el consumo de bienes y servicios cuyo objetivo es gravar la capacidad económica del consumidor final. Por lo tanto recae sobre el consumidor pero es retenido por el agente económico que desempeñó el servicio o vendió el bien.
Nuestra empresa deberá pagar la diferencia entre el IVA repercutido y soportado, siendo este último el que resulta de comprar productos relacionados con nuestra actividad económica.
Tenemos la obligación de presentar esta autoliquidación a través del modelo 303. Si el resultado a pagar (repercutido – soportado) nos diese negativo nos veríamos beneficiados en el siguiente trimestre.
Desde Finutive tenemos la clara intención de facilitar la comprensión y la gestión de las finanzas para los negocios, no solo con el proyecto de diccionario de Finanzas sino con un Curso de Finanzas para Empresarios y Emprendedores completamente gratuito.