¿Eres un autónomo en las primeras etapas de desarrollo? Si es así, esta opción te interesa, ya que es la forma más fácil de asociarte con otros autónomos en tu situación.
Hasta ahora hemos visto diversas Sociedades Mercantiles. Hoy abandonamos ese tipo de sociedades para adentrarnos en otra categoría.
¿En qué consiste una comunidad de bienes?
La definición técnica hace referencia a la propiedad de un bien o derecho que pertenece a varias personas de manera proindivisa y que forma parte de una actividad empresarial que estas realizan en común.
Es decir, esta es la forma más sencilla de asociarte con otros autónomos para desarrollar un proyecto que tengáis en común.
¿Cuál es el mínimo de socios necesario?
Como su descripción refleja, esta forma jurídica hace referencia a la asociación entre dos o más socios. Por lo tanto, el mínimo número de socios para su constitución es 2.
La responsabilidad de estos socios es ilimitada frente a terceros.
¿Cuánto capital hay que aportar?
Una de las razones por las que este tipo de forma jurídica resulta tan atractiva es que no requiere un mínimo de capital social. Esta es una gran ventaja para todos aquellos autónomos con poco capital inicial y que no pueden permitirse un gran desembolso.
Otras características de las Comunidades de Bienes
Ya hemos echado un vistazo a las características más genéricas: el capital, los socios y la responsabilidad, así que toca entrar un poco más en detalle.
Dentro de las aportaciones iniciales, cabe destacar que hay ciertas restricciones. Se puede aportar simplemente bienes, pero no se podrán aportar de manera individual dinero o trabajo. Es decir, siempre debe haber bienes en la aportación (tal y como indica el nombre de la forma jurídica).
Antes de empezar a desarrollar la actividad económica se debe firmar un contrato privado con los datos pertinentes de todas las partes interesadas. Este contrato debe contener:
- Información sobre los diferentes autónomos incluidos en la Comunidad de Bienes
- Las aportaciones que realiza cada uno de ellos
- El porcentaje de participación frente a las pérdidas y ganancias de la Comunidad.
Para completar la constitución, deberá completarse la escritura pública tras haber aportado los diferentes bienes y derechos de los diferentes autónomos.
Como has podido observar, este tipo de forma jurídica tiene numerosas ventajas para aquellos autónomos que acaban de empezar con su negocio. Constituir una empresa es un proceso complejo, con diferentes pasos a seguir. Asegúrate de que echas un vistazo a los diferentes tipos de formas jurídicas antes de establecer tu empresa.
Trabajar por cuenta propia y empezar una empresa no es fácil, por lo que si estás dando tus primeros pasos, contar con la ayuda de un asesor puede serte de gran ayuda. Deja que te ayudemos a establecer tu negocio y llevarlo a lo más alto de la mano de profesionales.
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