Cierre anual y trimestral: sociedades previas al 2020

SOLO CLIENTES. Si has constituido tu sociedad antes del 2020, es importante que veas esto.

* NOVEDADES CIERRE 2019:

Nuevo límite de presentación de las Cuentas Anuales: 31 de DICIEMBRE

Con motivo del paquete de medidas económicas del Covid se ha ampliado el plazo para la formulación y presentación de cuentas anuales. Es importante que estés siempre en contacto con tu asesor si tienes alguna duda.

Este mes no solo se juntan las presentaciones del cierre del segundo trimestre, que ahora explicaremos, sino que se debe cerrar el año de tu sociedad.

Para ello, debes conocer lo siguiente:

¿Qué debo presentar en el cierre anual?

Impuesto sobre Sociedades

Si constituiste en 2019 o antes y tienes una sociedad, tienes que presentar el Impuesto sobre Sociedades. Este Impuesto calcula los beneficios de tu sociedad durante el período 2019, incluso sin tener actividad si estaba creada la empresa en 2019 tienes que presentarlo. El cálculo sencillo es ingresos del período menos gastos = beneficio que multiplicado por el tipo impositivo da la cantidad a ingresar en Hacienda. Dicho esto, estate atento e itneractúa con nuestros asesores estos días para el cierre y para que puedan aplicar deducciones y bonificaciones que nuestros expertos fiscalistas están preparando. Te haremos llegar los resultados de tu empresa a principios de junio junto con unas respuestas que tendrás que responder antes del 15 para que podamos aplicar las deducciones pertinentes.

Cuentas Anuales

Algo que también tienes que presentar si constituiste en 2019 o antes. Esta obligación NO es una obligación con Hacienda y NO es un impuesto, es una obligación mercantil que tienes como empresa y que tienes que presentar ante le Registro Mercantil. Las Cuentas Anuales son el Balance de Pérdidas y Ganancias que reflejan la contabilidad de la empresa. La NO presentación no supone una sanción, ni su presentación fuera de plazo después del 1 de agosto, eso sí no parecerás una empresa seria si no lo presentas puesto que te las pedirán para todo: financiación, subvenciones, homologaciones de proveedores.... Es imprescindible tener las cuentas al día y presentadas a tiempo para poder cumplir con las obligaciones mercantiles.

Además, debes tener al día los siguientes modelos (si te aplican):

¿Qué fechas debo tener en cuenta?

* NOVEDADES CIERRE 2019:

Nuevo límite de presentación de las Cuentas Anuales: 31 de OCTUBRE

El Responsable del Equipo Contable, Jose Luis, explica el Impuesto de Sociedades y su importancia

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *