El Modelo 002 de la AEAT

Una vez más os traemos un artículo dedicado a los modelos fiscales de la Agencia Tributaria. En el de hoy hablaremos acerca del Modelo 002 de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Detallaremos en qué consiste el mismo, cómo rellenarlo y cómo presentarlo. Pero no solo eso, sino que también haremos una introducción al sistema NRC. El mismo está cobrando una gran importancia en nuestra vida tributaria.

¿Qué es el Modelo 002?

Es un formulario fiscal que sirve para la autoliquidación de la deuda tributaria, ya sea esta voluntaria o ejecutiva. La distinción entre ambas es muy fácil. El periodo voluntario es aquel fijado por la Agencia Tributaria para el pago del impuesto correspondiente.

Mientras que el periodo ejecutivo comienza una vez que ha finalizado este primer periodo voluntario. Como se puede imaginar, el periodo ejecutivo conlleva una serie de recargos que también deberán pagarse.

¿Cómo cumplimentar el Modelo 002?

El Modelo 002 tiene una extensión de 3 páginas, que serán rellenadas por duplicado ya que una copia es para la Administración y la otra para nosotros. En el encabezado de la primera página deberemos introducir los datos identificativos del sujeto pasivo.

Estos datos son nombre o razón social, DNI o NIF, domicilio, teléfono, entre otros. A continuación deberemos señalar la identificación de la deuda tributaria. Esto lo haremos a través de su número de autoliquidación y el importe de la misma.

También deberemos marcar si deseamos un aplazamiento de la deuda y la fecha de esta. Por el contrario si deseamos un fraccionamiento, marcaremos esta opción y el número de fracciones deseadas. Sabremos si nos admiten alguna de las dos al recibir la resolución.

En la página tercera señalaremos las garantías que ofrecemos a la hora de afrontar la deuda. Estas garantías pueden ser un aval bancario, un certificado de caución, una hipoteca, prenda o una fianza personal y solidaria. En cambio, también tenemos la opción de no ofrecer garantías si nos encontramos en situación de dispensa por carecer de bienes suficientes.

Por último se nos requiere la información referida a la domiciliación de los pagos.

¿Cómo efectuar el pago del Modelo 002?

Este es un modelo que únicamente podremos presentar de forma telemática a través de la Sede Electrónica. Si queremos pagar con tarjeta bancaria tendremos que acceder gracias a un DNI electrónico.

En cambio si no disponemos de este, podremos hacerlo a través de la Cl@ve PIN, sistema que impuso la Agencia Tributaria en el 2015. Deberemos tener en cuenta que en el segundo caso, solamente se podrá pagar mediante cargo en cuenta.

Una vez que accedamos, seleccionaremos en el concepto el Modelo 002 que rellenaremos según las indicaciones anteriores. Al igual que deberemos introducir el número de justificante de la carta de pago emitida por la entidad bancaria. Esta entidad deberá ser una entidad colaboradora con la Agencia Tributaria.

Una vez completado todo, seleccionaremos la opción de “enviar” y si está correcto se nos generará el número NRC. Este es un código que facilitan las entidades colaboradoras como justificante del pago de la deuda cuando se realiza a través de internet. Con todo esto habremos finalizado y no deberemos llevar a cabo ningún otro trámite.

Te recomendamos que delegues la gestión de los pagos de la Seguridad Social en una asesoría online, ya que puede que haya conocimientos que se escapen de tu materia o que no dispongas del tiempo que conlleva.

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